Román

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Siempre Dos no es Ventaja

In 10-50, Centro Virtual, Radio Operador, Sargento on diciembre 20, 2009 at 12:22 am

Nunca antes había experimentado tanta indignación en mi trabajo, por las constantes instrucciones, comentarios, intromisiones y las prerrogativas de mando que se adjudica este radio operador  diariamente. Peor aun ningún Sargento le llama la atención para ubicarlo en su mapa mental hasta donde llegan sus deberes y responsabilidades como radio operador.

Quiero recordar que para los años noventa (1990) en un local de Isla Verde, diecisiete policías no podían arrestar al famoso luchador profesional King Tomga. A prima face el escenario dicta una ventaja numérica de muchos contra uno. Los números inclinaban la balanza en favor de los Policías que acudieron al negocio donde King, era precisamente un KING.

Se dice que los policías chocaban las manos para los relevos en una lucha desigual para Tomga. Entraban cinco policías a la misma vez tratando de arrestar al individuo y salían volando por los aires.

Quien logro detener la furia de aquella bestia despiadada fue precisamente el Capt. Moyeno que le enseño su faja de campeón y le tiro las esposas para que se las pusiera. El tal tomga sabía que el Capitán con un solo movimiento de uno de sus dedos, a él le contarían hasta tres y perdería la lucha y prefirió la descalificación.

Vamos la grano!

A eso de las 7:45 pm aproximadamente uno de nuestros agentes se le escucha decir 10-50 en oro centro, en su voz se visualizo su lucha contra unos individuos que violaron la ley. Rápidamente repitió el 10-50 ahí dos individuos, uno esta obstruyendo nuestra labor… El radio operador impertinentemente sin consideración alguna, le dice la compañero ” ustedes no son dos.,  vírese uno y arreste al otro!

Que bonito! te quedo.

Oye, me moleste sobre manera con este inconciente. El trabajo de los radio operadores es establecer una comunicación eficiente y efectiva entre los componentes de cuerpo de la policía municipal, es el despacho de las querellas a las unidades en servicio según solicitadas por los querellantes u otra información de pertinencia e importancia.

Los radio operadores no están para hacer comentarios o dar instrucciones propias a los oficiales de lo que deben hacer o no hacer. Usted no están para juzgar o decidir en situaciones donde usted no esta presente. Quien es usted para decidir que ahí un balance adecuado, queriendo decir; que los dos policías eran suficiente para resolver la situación.

Cuando un policía pide ayuda por una situación que él en su carácter personal evaluó que existe alguna desventaja, no hay razonamiento de nadie, ni de rango o operador que deba poner en entre dicho el llamado de ayuda.

Es fácil estar sentado cogiendo aire acondicionado en butacas acojinadas y desde allí establecer criterios basados en un cuadro irreal de los hechos que usted no ve. No es usted el que determina las acciones a seguir. Es el policía interventor el que tiene el contacto directo con la escena el que hace el pedido y es responsabilidad de todos responder a la mayor brevedad posible.

Los sargentos son los que deciden cuantas patrullas llegaran al lugar de los hechos, pero tampoco pueden desautorizar el pedido de 10-50 de un policía, si este sargento no esta en la escena.

Solo los policías involucrados son los únicos que dejaran sin efecto el 10-50 cuando estos estimen que la situación esta bajo control, mientras los oficiales de rango no se presenten.

Le pedi al Sargento que te orientara al respecto, por que tu acción estuvo fuera de orden y no es parte de tus responsabilidades decidir si dos son suficientes para arrestar a dos.

Barbaridad del Creído Niño

In Análisis, Oficial del Día, Opinión, Sargento on septiembre 24, 2009 at 11:21 am
Nadie me da Ordenes!

Nadie me da Ordenes!

El pasado 23 de septiembre del corriente año, otro suceso barbárico protagonizado por el creído niño con suerte estremece a Carolina.  En tempranas horas de la mañana el oficial de día recibe alguna comunicación. Por su conocimiento y experiencia decide por las prerrogativa del cargo delegar en un subordinado.

Al parecer luego de considerar y analizar los detalles del caso discierne que el subordinado apropiado para aquella importante misión era precisamente, el creído, prepotente, pretencioso niño con suerte.

Lo subestimaron…

Es una reconstrucción perecida de los hechos que friccionaron los poderes e investiduras de los involucrados que demuestra el des balance operacional del orden jerárquico estructural de la oficialidad y la incapacidad de la oficina del jefe de departamento en resolver esta problemática, al no ser el primer  evento  de esta índole.

OD………… Subordinado del norte

CN…………. 10-22

OD…………..necesito que pases a tal lugar y recopiles una información

CN………….. Usted no tiene competencia sobre mi!  tu loo  sabesss

OD………….  esto no es cuestión de competir. yo le estoy solicitando que pase al lugar

ON…………. Yo soy  el director auxiliar de la zona…

Analicemos esta peculiar situación de poder y control.  Que  manifiesta una conducta arrogante y repetitiva del niño con suerte. El niño con suerte demuestra inmadurez emocional  incapacidad para lidiar u aceptar los roles y una renuencia a obedecer u acatar ordenes de los que en su momento por definición de roles son de mayor competencia o investidura.

Les invito a buscar la Norma Administrativa Núm. 2002-03  IV. Deberes y Responsabilidades del…  letra g. Representara al comisionado y/o al director en operaciones de Campo en su … Esta norma le da una facultad delegada de autoridad, superioridad administrativa sobre cualquier igual en el desempeño de su función por lo que el cargo representa y lo que exige.

Aunque pienso que este cargo debe eliminarse por todos los problemas que presenta.  Fricción entre iguales y otros males adicionales que se crean en la misma Norma Administrativa que pisa demasiado el terreno de los directores de estaciones provocando un sin número de dificultades innecesarias que nos han hecho mas daño que bien.

En mi criterio personal al día de hoy tal como se desprende de la norma el cargo si tiene competencia e investidura administrativa y de supervisión sobre un igual de transmitir, delegar, asignar o dar ordenes con un fin determinado y que estas ordenes sean acatadas por este igual sin excusas o pretensiones de superioridad por un cargo, que luego de revisar toda las normas administrativas vigentes no existe ni aparece escrito o definido. No existe! punto.

El director general debe tomar cartas en este asunto de tanta sensibilidad.  Poner los puntos donde van y llevar la nave elite a puerto seguro donde cada supervisor  acepte su rol, que sean aplicados a la hora de recibir ordenes de un igual que en su día ostente un rol superior.

Si alguno insiste en continuar desobedeciendo el orden saludable de los trabajos y las funciones que establecen el orden operacional que se le de el curso que les dan a los rasos… que expliquen, que se defiendan, que los investiguen por sus posturas y que los facultados decidan o juzguen sus acciones.

Que barbaridad el creído sigue despotricando contra un cargo de mayor de autoridad de un igual, se niega a ser supervisado, su estado de superioridad no se lo permiten.  Pregunto, quien autorizó que se  pegara sobre la unidad que este utiliza el distintivo de director auxiliar en operaciones?  un cargo inexistente, según trascendió alegadamente.

Seamos ejemplo dignos de admirar y emular.

La hipocresía del Sr. O

In Análisis, Historia, Opinión, Policía Municipal, Sargento, Valores del Año on junio 9, 2009 at 2:42 pm

más vale un minuto de vida franca y sincera que cien años de hipocresía. Angel Canivet (1865-1898) Escritor, ensayista y narrador español.

hipocriEl pasado 22 de mayo, día de logros y entrega de valores del años de la Policía Municipal de Carolina observe la conducta de preconizar  cualidades, ideas o sentimientos contrarios a los que en realidad se tienen.

El conferenciante de aquella ocasión, recuerdo que dijo: “en Carolina los policías municipales no dan brek, no perdonan a nadie cuando expiden un boleto. Ustedes son numero uno”. Muchos aplaudieron delirantemente. Al ver la reacción de efervescencia entre los presente, el conferenciante vuelve a pronunciar aquella oración.  ah! ah! aplaudieron, gritaron y aplaudieron los presentes.

Mis ojos se posaron en la madre de todas las mesas de aquel lugar. Oh! para mi sorpresa el magno Sr. O aplaudió delirantemente aquella expresión inaudita, plagada de horror, traída para ganar la atención y el favor de la audiencia en su mayoría policías. 

Al magno Sr. O casi se le quiebran las manos aplaudiendo, aquella oración agrandaba su ego personal entre los invitados importantes sentados junto a él. Somos los numero uno (1) en todo Puerto Rico, no perdonamos a nadie cuando expedimos boletos, pensaba. Mientras los de su mesa lo miraban, el con mirada orgullosa y sonrisa fingida, asistía con la cabeza. Queriendo decir con esto, si! esas son mis instrucciones. 

Sr. O no recuerda usted que el pasado noviembre un día antes de sufragio uno de nuestro policías fue enviado a una calle de la urb. villa Carolina por instrucciones de un Sargento, por la queja que este recibió de un ciudadano afectado por los vehículos mal estacionados en dicha calle. 

El policía dispuesto a seguir las instrucciones fue al lugar y constato que la información era correcta, pero observo que a lo largo de dicha calle muchos infringían la ley. El policía diligente mediante radio informo al sargento de la situación, el sargento despreocupado de los asuntos políticos que no deben gobernar ni decidir en asuntos policiales de violación de ley, da la orden. Expide los boletos, finiquito.

No pasaron 5 segundos luego de aquella instrucción, cuando se escucha la voz del magno Sr. O desautorizando y dejando sin efecto las instrucciones legales del sargento. Hoy no se va a dar boleto en esa calle.

El policía se marcha, el sargento quedo desautorizado y ridiculizado, junto con toda la oficialidad de la policía municipal de Carolina, el Sr. O triunfa. Maldita política! Que mucho daño le hace a los cuerpos de ley y orden.

Sr. O usted no tiene facultad legal ni administrativa para dar instrucciones contrarias a derecho por violaciones de ley. Usted no debe dar instrucciones directas a ningún policía raso, ya que esto trastoca el orden adecuado de la famosa cadena de mando que tanto ustedes defienden cuando les conviene. Usted no debe desautorizar a ningún sargento mediante la radio, por que esta conducta puede incidir que la autoestima de ese sargento se vea afectada por su intromisión y cause otros males dentro de los miembros del cuerpo.

Usted Sr. O no debe ser aquel hombre que induce a los policías a obedecer instrucciones ilegales que inciden con la omisión de sus deberes y funciones inherentes del servicio. Que mal precedente estableció usted aquella tarde antes del sufragio.

Sr. O  con que ética usted velara que los sargentos no sean dados a impartir instrucciones ilegales a los policías o que los policías no cometan omisiones al deber. Pienso que usted debe entrar a un proceso de reflexión profunda e evaluar si realmente tiene la capacidad para el cargo.

Pregunto

 

  • si el ciudadano que dio la queja se querella contra el policía por no hacer su trabajo en ley, que usted haría?
  • podía el sargento someterle a usted una investigación ante la oficina de recursos humanos por desautorizar una instrucción legal?
  • por su intromisión innecesaria, el ciudadano no podría demandar al municipio autónomo de Carolina al solicitar la protección de estado y este negarse por la omisión debido a su instrucción ilegal?

Dios nos cuide, que la hipocresía política desaparezca para que los ciudadanos puedan creer en su Policía.

Que! aplaude ahora…

ACADEMIAS MENSUALES

In Academias Mensuales, Análisis, Capitán, Comisionado, Opinión, Policía Municipal, Sargento on abril 29, 2009 at 5:47 am

aspirantes-a-policia2La Policía Municipal de Carolina adopto como regla general la practica de reuniones periódicas por estaciones donde se discuten asuntos concerniente a los Policías, denominadas y conocidas en adelante como academias. El ex- Comisionado Cor. Carlos Haddock Román ordeno que estas academias fueran realizadas mensualmente con todo el personal.  Donde los directores de estaciones trasmiten a todos los miembros del cuerpo lo discutido por el Comisionado y el Director de Operaciones de Campo en sus reuniones de staff. 

Estas academias o reuniones carecen de sustancia y contenido ya que el estilo que se desarrolla es de carácter militar mete miedo y repetitivo.   Los  59 temas discutidos en el mes de abril son los mismos 59 temas para discutirse para los meses subsiguientes. Cuando la pizarra anuncia el día de la academia, policías y Sgto. de lineas expresaban en su rostro la molestia. La pizarra lee tienen que presentarse sin excusas, el personal que disfrute ese día libre o se encuentre de vacaciones no puede faltar o se le puede escribir. 

Lo que digo no representa que este en total desacuerdo con la academias mensuales o reuniones, no.  Pienso que son necesarias, si se les da el carácter adecuado persiguiendo un fin determinado que sirva para el desarrollo intelectual del policía y filosófico que el departamento quiere desplegar.

Recuerdo que discutí este asunto con el Capt. Rubén Moyeno Cintrón, donde le expuse mis dudas irreconciliables sobre estas reuniones donde el policía estando libre tiene que venir so pena de investigación. Reconozco que el Capt. Moyeno tiene el mejor interés en cuanto a lo anterior. No debemos llamar estas reuniones academias por que carecen precisamente de dicho significado, exprese. 

No se enseña nada, ni se aprende algo nuevo. Estas reuniones están plagadas de repeticiones que desalientan el interés de los policías por que se prestan por su estructura inadecuada, para regañar crear bochinches e intimidar al personal y un sin numero de horrores mas que todos conocemos.  

Las academias o reuniones mensuales deben ser repensadas dirigidas a desarrollar al máximo el personal, que el personal libre pueda disfrutar su día sin cortapisas o temores de igual forma el personal que disfruta de sus vacaciones regulares.

El tiempo que debe durar una academia o reunión es otro asunto que debemos analizar. La practica general es discutir estos temas no empece a los largos periodos de tiempo, sin considerar que hay policías que están presentes desde las 4:00 am de la mañana y son las 4:00 pm de la tarde y otros que acudieron a la 1:00 pm teniendo que regresar a las 8:00 pm a sus labores regulares. 

La Policía Municipal de Carolina debe como meta a corto plazo organizar una Academia de Policías Municipales con un currículo de clases dirigido al desarrollo intelectual, ideológico, filosófico, emocional y legal donde se den las herramientas necesarias para que estos puedan lidiar con las diferentes manifestaciones o tendencias sociales predominantes.

Pienso que las reuniones no deben eliminarse. Estas deben ser de cada dos mese o en su defecto de continuar mensuales que cada Sargento reciba del Sargento director de la estación una copia fiel y exacta de los asuntos a considerar o discutir para que cada sargento en su turno realice la reunión dentro de las horas laborables del personal. El tiempo de cada reunión en mi opinión no debe ser mayor de una hora y en casos que la discusión de un tema determinado por el interés de todos se exceda no debe pasar de 30 minutos adicionales. 

Los Sargentos debe analizar los puntos de vistas u opiniones de los policías. Presentar un informe a la oficina de operaciones de campo que incluya las inquietudes manifestadas, sugerencias e inquietudes de los policías a la alta oficialidad que sirva como un sondeo o evaluación e incorporar todas las inquietudes obteniendo un cuadro general donde se pueda ver si la supervisión es efectiva o no.  

La oficina de operaciones de campo debe solicitar a los directores de estaciones un informe detallado de todas las inquietudes que los policías traen sobre la mesa con el fin de identificar patrones  a seguir o aceptar sugerencias de mejoras al servicio propuestas por los policías. En la próxima reunión se le debe notificar a los policías si sus inquietudes o sugerencias fueron discutidas en las reuniones de staff.

Capt. Rubén Moyeno Cintrón este servidor solo confía en que usted vea que el propósito que mueve mi corazón a escribir sobre la Policía Municipal de Carolina es mi amor por esta. Si se siente atacado constantemente por mi no es una política de odio como interpreta su alicate…, que mente tiene el tipo!  Es la conciencia de muchos que queremos verlo mejorar en su liderato proyección y capacidad. Demuestre sus quilates en busca de las mejores condiciones profesionales de los policías.

Busque soluciones y presente recomendaciones dirigidas a resolver este asunto de las reuniones mensuales e implante una nueva formalidad que subsane todas estas incongruencias que dificultan la vida familiar y laborar de los Policías Municipales de Carolina. 

Por que Detienes el tic tac Reloj

In Noticias, Opinión, Policía Municipal, Sargento, Sgto. Feliciano Ayala Carrasquillo on abril 25, 2009 at 3:39 pm

3241_1142661887879_1267423985_364411_3303354_s3El Relojero entra en la totalidad con destreza forma las partes partículas apropiadas creando un mecanismo de características funcionales.  Minuciosamente ajusta las diferentes piezas que dan cohesión a su obra incipiente.  Junta los componentes formando un indiviso majestuoso, con agilidad ajusta el ensamblaje su mirada exhaustiva finiquita los detalles. Es perfecto funcional para el propósito propuesto será vital para la existencia. Que haz hecho?  El Reloj…!  contesto 

Gira con sus dedos la pieza que energiza el centro de actividad interna, una y otra vez.  Al tiempo necesario deja de girar, atentamente y expectante agudiza su oído, el silencio absoluto se presenta enmudeciendo para ser testigo. Solo unos segundo basto cuando se escucho por primera vez el sonido maravilloso del tic tac tic tac. Sonriente satisfecho coloca la pequeña pieza en el monumental armazón.

Como de costumbre solía deleitar su ser escuchando el sonido musical de todos los tic tac, escuchaba el sonar diferente de cada uno de ellos. Se levanta no encontró respuestas ante aquella imagen.  angustiado con pesar camino por el campo, Quien detuvo el tic tac de este armazón? pregunto.  Acaso yo soy el guarda de un igual? tengo yo que estar pendiente a otros. No me interesa.  El tic tac de tu igual pregunta. Por que lo hizo?, por que a mi?, no tiene el derecho de detener mi tic tac.  Yo solo quise funcionar  todo el tiempo que tu mi Relojero determinaras para mi. Por que el rompe mi armazón y con sus manecillas arranca mi tic tac  para siempre.

A aquel armazón envidioso lleno de resentimiento avaro egoísta el Relojero no le arranco su tic tac no lo detuvo por siempre. Lo convierte por su acción en el reloj mas despreciado en el orbe, recibió rechazos continuos golpeado por muchos.  Deseo por su patética existencia que alguien como el le sacara el tic tac de su armazón.  Conoció el deseo de existir en paz respetando a los demás, pero nunca lo alcanzo. Por el dolor y el sufrimiento entendió que solo el Relojero tiene el derecho de detener el tic tac de cualquier armazón.  

El pasado 22 de abril de 2009, unos desarmados resentido envidiosos egoístas planificaron de ante mano detener el tic tac del armazón de nuestro amado amigo y hermano el Sgto. Feliciano Ayala Carrasquillo segando para siempre su vida y privando a sus seres queridos de su presencia. Dejando hijos huérfanos sin un padre amoroso como seguramente lo fue, dejando a todos sus hermanos y hijos de la Policía Municipal de Carolina sin su conocimiento huérfanos de un supervisor amigo como el.

Por que a mi?,  por que lo hacen? seguramente se pregunto, mientras lucho en contra de los plomos que traspasaron su armazón frágil destruyendo su pequeña pieza del tic tac.

Dios ayúdame a entender por que los hombres se convierten en verdugo, no existe justificación en el mundo para arrebatar la vida de otro ser humano. No importa de que lado de la vida te encuentres, no tenemos esa autoridad.

No existe poder sobre el mundo que permita tal atrevimiento. La Pena de Muerte a sido un tema de mucha controversia en Puerto Rico  unos a favor y otros en contra. Dicen que la Pena de Muerte no se ha instituido como pena máxima de algunos delitos graves en nuestra isla. MENTIRA!  El bajo mundo hace tiempo la implemento como medida injusta de ajustar cuentas, por el poder y control por quitar lo ajeno.

Para demostrar que son fuertes se convierten en juez jurado y ejecutor. Que lastima por ustedes, tener que vivir con la sombra de la persecución constante pensado que otro que envidia que desea el poder piense también deterner el tic tac de tu armazón. Nunca podrán vivir en paz serán perseguidos por sus hijos sus amigos por ustedes mismos, el sueño renovador nunca les llegara a menos que la misericordia de Dios los alcance y cuando su tic tac se detenga puedan descansar en paz.

No queremos saber  nada sobre argumentaciones hipotéticas. Amamos de Corazón a nuestro Sargento Ayala mientras tengamos vida el vive, hasta que el ultimo de nosotros termine su transitar por el mundo el vivirá hasta entonces. 

Sabemos que dedicaste tu vida entera al servicio de la Ciudad de Carolina y esta se levanta como un homenaje rindiendo un sonoro y eterno aplauso que es movido por el viento llevado ante tu presencia donde quiera que te encuentres.

Sgto. Feliciano Ayala Carrasquillo te despido como un Teniente de guerra de irak e afganistán y un TENIENTE  de batalla de la Policía Municipal de Carolina. Siempre estaremos orgullosos de la vida por compartir con nosotros tus inquietudes y conocimientos.

Siempre te RECORDAREMOS 

QUE DESCANSE EN PAZ!

Traidor o Testigo

In Análisis, Historia, Noticias, Opinión, Policía Municipal, Sargento, Testigo, Traidor on abril 5, 2009 at 2:36 am

signo-de-interogacionEl pasado 27 de marzo de 2009 se conoció el veredicto final concerniente a los alegados actos de violación de los derechos civiles y otros dos que pesaban sobre 3 miembros de la Policía Municipal de Carolina donde el jurado luego del desfile de  prueba, absorbió de culpa a los imputados con un veredicto de inocencia en todos los cargos.

Aproximadamente 2 años de angustia y sufrimiento para estas familias por el peso de las alegaciones que pasaban en contra de estos oficiales, matizado por la eternidad de no saber cuando llegara el día que comienza el proceso y cuando llega el laberinto de posibilidades te hace rechazar que llegara el día. Noches interminable, pensamientos perdidos en el horizonte gris del inmenso cielo de la imaginación humana. Como una película  se proyecta en tu mente una retrospección de toda tu vida correr como si la volvieras a vivir ves  imágenes escenas momentos circunstancia que te llevaron a ser policía, te preguntas el porque de las cosas mi decisión en aquel momento no parece ser la correcta.

Chocas contigo mismo con tu interior, reflexionas decides establecer nuevos caminos o rumbos a seguir cuando la pesadilla termine comienzas a buscar a cual mundo perteneces por que al parecer estas en el mundo equivocado. Por tantos pensamientos de desasosiego pasan los imputados miradas desvanecidas en el techo de la habitación el sueño deja de venir a visitarnos y así descansar un poco de la tortura mental auto impuesta por la características personales de nuestra naturaleza.

Se que muchos me odiaran, pero debo ser responsable e equitativo en el análisis imparcial de los elementos que inciden en este caso. No hablo de culpables o no, no hablo de juicio y veredictos no! no hablo de eso.

Hablo de Traición significa comportamiento de la persona que falta a la lealtad de alguien que ha confiado en ella.  

Debemos analizar este asunto dentro de los conceptos reales de los hechos o significados correctos sin apasionamientos personales o pensamientos disfuncionales de las creencias formadas de los que se debe esperar de un policía.

Ningún policía debe permitir a conciencia que nuestro cuerpo de bien y orden se convierta por así decirlo en uno de encubrimiento solapado de violación de los derechos civiles o abuso de autoridad y poder por que esta actitud desvirtúa el concepto general de nuestro trabajo.  Bajo ningún concepto digo que esto fue lo que sucedió en el caso de los compañeros, de ninguna manera. 

Quiero establecer que nuestra mente debe estar formada en la protección de la ciudadanía y la nuestra como cuerpo, defendernos de los ataques o agresiones, pero jamas permitir que nadie que pertenece a este cuerpo tenga el uso y costumbre equivoco de mancillar la dignidad humana de los que los policías llaman un civil.

 

Hablo de Testigo significa persona que da testimonio de una cosa o la presencia.

Analizando este significado el testigo atestigua de algo que el consta por información y creencia o por presenciar un evento o hecho particular.  Hay 3 clases de testigos, los que voluntariamente se hacen testigo, los que por estar cerca alguien los elige para interrogarle partiendo de su declaración se convierten en testigos o no y los que voluntariamente se convierten en testigos falsos de los hechos con el fin de encubrir a otros.

Si presenciamos unos hechos que luego trascienden a la palestra publica y alguien te ubica en el lugar de los hechos. Tu testimonio es vital para la investigación que vas a decir como vas a responder. Dirás lo que te parece, ocultaras información puede ser, cabe la posibilidad, arriesgarías todo por ser solidario tu mismo te pones los grilletes por salvar a alguien ? no!

Cuando un organismo investigativo poderoso como este realiza una investigación es difícil darse el lujo de entrar en desacato o perjurio.  Pienso que  los testigos, todos entendieron a lo que se exponen y fueron cuidadoso con sus testimonios salvando sobre todo su mejor recuerdo de los hechos.

Señalo responsablemente con algunas reserva que el Sr. Fargas tiene que haber reflexionado profundo toda esta situación embarazosa, debe haber pasado noches de sentimientos encontrados por los elementos del caso y su relación de amistad con el acusado principal. Pienso que el Sr. Fargas no tuvo otra opción que cooperar con las autoridades su mejor recuerdo de lo que vio o no esa noche.

Todos los policías se dicen ” ten cuidado con lo que haces por que si algo pasa que perjudique mi trabajo por tus acciones de que se te pase la mano, yo no me voy a perjudicar por ti, tu te defiendes como puedas”   Vemos en nosotros mismo que nadie esta dispuesto a perder su trabajo o credibilidad por acciones descontroladas de otros.  No estoy estableciendo aspectos del caso por que fue juzgado y resuelto por un jurado.  No digo que nadie es culpable.

Según mi pensar el Sr. Fargas fue mas que un traidor un testigo ineludible de la fiscalía por lo que alega que vio.  Categorizar que el Sr. Fargas traiciono al acusado principal es en cierta medida aceptar que los hechos imputados a este último son ciertos, traicionar denota de su significado descubrir una cosa o alguna circunstancia que se quería ocultar.

Pienso que este señor fue esclavo de las circunstancias de las cuales no pudo librar de ser seleccionado testigo. 

Si el Sr. Fargas miente o no con al intención de encubrir los verdaderos hechos o a otro policía solo el lo sabe, si sus intenciones fueron perjudicar o incriminar falsamente a otros con el fin de sacar partido de las circunstancias solo el lo sabe, que lo juzgue Dios que todo lo escudriña y conoce las intenciones del corazón.

Quiero expresar mi preocupación con el comportamiento de algunos que se han dado a la tarea de tomar venganza por así decirlo discriminando contra el Sr. Cana bajo ningún concepto debamos rechazar su presencia o crucificarlo por su posición.

El Sr. Cruz debe enseñar su misericordia dando una lección de perdón y comprensión mas haya de razones pujantes a la venganza o desquite paulatino para que ellos muerdan el polvo igual como lo experimento.

Todos acusan a estos dos hombres olvidando que algunos prepararon un adiestramiento fatulo con el fin de humillar uniformado a estos hombres y mujer para poder arrestarlos… que bonito! 

Debemos todos aprender de este caso y unirnos para ser mas fuertes y juiciosos a la hora de la hora, no menguar sino crecer a base de esta experiencia que nos educa a todos.

Ya todos hemos juzgado la participación de nuestro compañeros, pero los invito a una evaluación de todos estos aspectos libre de apasionamientos. No quiero defender a nadie por el papel que caracterizo en esta trama. Sea usted el juez.

 

 

 

Heridos de Muerte los Candidatos Municipales

In Análisis, Comisionado, Evaluaciones, Historia, Ley 45 de la Policía Municipal, Noticias, Opinión, Policía Municipal, Sargento on febrero 19, 2009 at 9:41 pm

militar-disparandoDurante estas ultimas semanas se han entrevistado a 11 candidatos para ocupar la vacante al puesto de comisionado de la Policía Municipal de Carolina. Entre los entrevistados se encuentran dos (2) valientes hombres miembros de la Policía Municipal de Carolina donde ambos se desempeñan como Sargentos.

Me refiero a los Sgto. Andrés Machuca Prado y el Sgto. José Fargas Sarate.

Requisitos que los faculta a competir según emana de la Ley Núm. 19 del 12 de mayo de 1977, según enmendada. Ley 45 de la Policía Municipal  Sec. 4  Comisionado; Alcalde

  1.  deberá ser una persona que posea el grado de bachillerato…
  2. y que haya completado un curso de entrenamiento para oficiales en una academia de policía o militar, 
  3. o en su defecto, que se haya desempeñado como oficial de un cuerpo de policía o de un cuerpo militar.  

Disparan a la cabeza de nuestros oficiales con una bala de  interpretación del texto que se desprende la Sec. 4 de la ley 45, para herirlos mortalmente y que su esperanza de ser considerados candidatos a comisionado muera para siempre.

No soy jurista.  Mi interpretación se basa en el texto según lee y desprende en si mismo. Si leemos el segundo requisito es amplio, abarcador y recoge todas las posibilidades que pueda tener cualquier interesado en participar por el puesto de comisionado.

Evitando que se discrimine o se descalifique a cualquier candidato, esta amplitud  recoge todas las circunstancias que pueda enfrentar el candidatos, es lo que la hace justa. Porque?,  por que si no tienes una, puedes cualificar por otra.

Al panel designado a evaluar  los candidatos a Comisionado de la Policía Municipal de Carolina, sean justos e imparcial no descalifiquen a los nuestros creyendo que son       ignorantes o que les falta o no cumplen con los requisitos establecidos en la ley por que realmente este no es el caso, tengan prudencia.

Ustedes fueron escogidos para evaluar de los candidatos sus ideas, los planes de trabajo y su visión., para luego presentar un informe detallado de cada uno de los candidatos en cuanto a lo anterior y otros elementos a justipreciar.

El Alcalde partiendo del informe realiza una evaluación final y personal que se ajuste lo mas cercano posible al modelo que él sea creado, descalifica a los demás y elige a su mejor juicio  sobre quien depositara su confianza para el cargo.

Dos de ustedes son abogados y deben conocer los procesos de justicia e igualdad que cobijan la sana administración pública para que sea trasparente, los dos candidatos municipales que participan son según la ley 45 Sec. 4  de la policía municipal, aptos para participar del proceso, aquí no hay ningún requisito obligatorio o fundamental en cuanto a lo militar que descalifique a los Sargentos Municipales.

Este asunto tiene mucha tela de donde cortar, pero me voy a detener a meditar un momento para analizarlo libre de apasionamientos.

Esto me huele a peje de maruca!

Oficial del Día, Intromisión Innecesaria

In Análisis, Oficial del Día, Opinión, Policía Municipal, Sargento on febrero 12, 2009 at 2:49 pm

policias-munequitosEn el 1996, participe de una mesa redonda, el tema predominante giro en torno al oficial del día, recuerdo que el pol. Girona expuso su punto de vista al respecto y se formo un sal pa fuera que todos hablan a la vez. En el momento de mayor tensión del debate  levante mi mano para expresar mi opinión, tuve prácticamente que rogar al que dirigía el debate (Sr. Ortiz) para que me diera la oportunidad de exponer mi punto de vista.

Utilice unas palabras que sirvieron de aliciente al comenzar la introducción de mi alocución ganando la atención total de los allí reunidos. “Pienso que el oficial del día, en su posición no debe inmiscuirse, ni tomar determinaciones cuando un Sargento de zona o de estación este presente en alguna situación. Para evitar roces innecesarios entre los oficiales de rango y el oficial del díaeste ultimo debe limitarse a recibir un informe detallado de parte del Sargento de zona o Sargento de estación de los asuntos tratados y los pasos que se siguieron”. dije. 

 Vivimos hoy día una situación que nunca se corrijo, en el pasar de los años hemos sido testigos de esta problemática creciente, donde la falta de limitación de los poderes y responsabilidades de los alcances del puesto,  invaden facultades de mandos que no son favorables.

El pasado 10 de febrero, se escucho a un oficial del día, ordenar a un oficial de igual rango e instruirle de su deber.  toma que palo!  Luego 15 minutos mas tarde aproximadamente le ordena a un teniente, un superior en rango y le instruye, que debe ser el…

Este oficial del día realizo su trabajo dentro del cargo adecuadamente tomando las prerrogativas del puesto y descargando su responsabilidad. 

Analicemos  

  • debe el oficial del día inmiscuirse en la toma de decisiones de un comandante cuando este esta trabajando y o ordenar a este de los pasos a seguir por x o y situación 
  • debe el oficial del día dar instrucciones a un oficial superior a su rango 
  • debe el oficial del días invadir jurisdicciones de mando 

Pienso que todo lo anterior debe ser estudiado cuidadosamente para el beneficio y fortaleza de la Oficina de Operaciones de Campo en la búsqueda del buen funcionamiento operacional de todos los componentes de autoridad en el alcance o limitaciones de sus deberes y responsabilidades.

El oficial del día que labora entre las 4:00 am a 5:00 pm debe limitar su alcance a velar que todos los puesto estén cubiertos y sus otras responsabilidades, pero nunca inmiscuirse en las decisiones de los comandantes.

El oficial del día debe fungir o dirigir las estaciones en los día de semanas que los comandantes de estaciones se encuentren disfrutando de sus días libres, dtc, feriados, enfermedad o vacaciones regulares.

El oficial del día que trabaja luego que los comandantes de zona rinden, entonces estos deben de tomar la investiduras total del cargo y disponer de los recursos y tomar las decisiones pertinentes. 

Esta posición del oficial del día es una compleja donde toda la responsabilidad de un Teniente sobre cae en un Sargento, creando un sin número de conflictos prácticamente irreconciliables por los elementos prácticos del puesto y con las realidades del rango que solo establece autoridad jerárquica en el papel.

En la misma Norma Administrativa 2002-3 que establece las normas y procedimiento para el oficial del día, existen un sin número de conflictos o similitudes con otras normas administrativas que establecen las mismas facultades y poderes a los oficiales de rango. (norma administrativa Núm. 2000-12)

La posición del oficial del día debe redefinirse dentro del contesto real de las circunstancias y atemperarse a las realidades jerárquicas de los niveles o posiciones de rango para que sean funcionales y prácticas libres de controversias administrativas o procesales.

La Policía Municipal de Carolina debe procurar su desarrollo profesional e innovador por sus estrategias de seguridad y visión vanguardista, debe adiestrar constantemente a los oficiales de rango y todo el cuerpo en general (policías) evitando el estancamiento ideológico y filosófico de la agencia, sino mantenerla en una renovación constantes de las ideas.


Los Valores del Año

In Análisis, Capitán, Opinión, Policía Municipal, Policías Caídos, Sargento, Semana de la Policía Municipal, Valores del Año on febrero 6, 2009 at 8:44 pm

la_cup1El próximo mayo, posiblemente se realizaran las competencias de las Semana de la Policía Municipal y la entrega de los valores del año 2008. Las actividades serán variadas de gran interés para los participantes tanto a nivel individual y  colectivo por las diferentes competencias por zonas o áreas de trabajo disputándose  los primeros lugares en el escalafón.

Competencias anteriores se han caracterizado por su alto nivel de competición en los diferentes deportes y actividades que se realizan entre estos se destacan, el preferido por todos gracias a la preparación de los detalles que le brinda el compañero Sr. Guillermo Vázquez, la copa de baloncesto, las competencia de tiro, la copa de sofboll, la competencia de dominós y la competencia del voliboll playero.

También se reconoce todos los años con la atención y esfuerzo de nuestro Capt. Rubén Moyeno Cintrón, un merecido reconocimiento guardia-de-honor7a los Policías Caídos en el cumplimiento del deber honrando sus ejecutorias en una remembranzas de lo que hicieron en el aporte como servidores públicos en pro del pueblo de Carolina, sus conciudadanos  y la Policía Municipal de Carolina la cual representaron con orgullo y dedicación.

  1. Pol. Héctor Calderón Romero
  2. Pol. Orlando Casado
  3. Pol. Alonso suco
  4. Pol. Raúl Canales
  5. Pol. Ramón Sepúlveda

Esta ceremonia es una de mis favorita por lo que representa para nosotros como policías, el sentimentalismos y las emociones que sobresaltan en todos los reunidos, al toque de la trompeta por el minuto de silencio que se le brinda a los caídos.  Recuerdo que el año pasado el Capt. Moyeno, trajo un vídeo con imágenes y fotos de estos hombres y en los rostros de familiares, amigos y compañeros brotaron lagrimas mientras se escuchaba la canción de Samuel Hernández, no me digas adiós, sino hasta luego.

Quiero pedir al Capt. Rubén Moyeno Cintrón que preste principal atención a la selección del Policía del año que se realizan por estaciones de vecindario.  De los criterios o características que los Sargentos evalúan a la hora de la selección de los candidatos conforme a los protocolos predeterminados de evaluación.

policias-evaluandoEspero que ningún policía sea discriminado o descartada su elección por tener alguna querella administrativa pendiente, por que no seria justo a mi entender  ya que mientras las querellas administrativas siguen su curso o están detenidas en las oficinas de el DAI, los policías investigados siguen trabajando y ejerciendo sus funciones día tras día sin descansar.

También establezca controles adecuados a los Sargento para que estos sigan unas directrices establecidas para la selección de los candidatos, ya sea  con un panel evaluador de mas de 2 miembros (policías) adicional a el sargento o los Sargentos.

No quisiera enterarme que uno de nuestro policías fue dejado fuera por que tiene alguna investigación administrativa para luego enterarme que el  triunfador general entre todos los policías ganadores por estaciones, este tiene o tenia al momento de las evaluaciones una investigación administrativa., como diría mi amigo De Jesús, que bonito! aunque estoy recomendando que este inconveniente se elimine de los requisitos

Alegadamente en el pasado 2006 si no me falla la memoria, el Sgto.Ramses Del Toro policía raso para aquel entonces no fue considerado para el galardón de policía de año por el Sgto. Delgado, no empece a que su record en ese año era uno robusto entre arrestos, querellas atendidas y casos llevados ante los tribunales por denuncias sometidas, en contra peso del candidato que el eligió.  Desconozco las razones del Sargento por dicha decisión, aunque el próximo año tampoco eligió al mejor en los números por casos atendidos….  Aparenta haber investigaciones administrativas de por medio contra uno de estos policías, digo yo!

Estos comentarios van dirigidos a lograr en la mente de mis lectores un pensamiento critico estructurado sobre la bases de la justicia e igualdad de todos con el fin de desarrollar una mentalidad analítica de los hechos y circunstancias que nos afectan negativa o positivamente.

Prohibidos los “Pitbull Terriers”

In Centro de Control de Animales, Historia, Ley 158, Pitbull Terriers, Policía Municipal, Sargento, Unidad U.P.A on febrero 5, 2009 at 3:07 pm

566761-1193479778-mainLa Ley Núm. 158 aprobada en 23 de junio de 1998, con el propósito de proteger a la ciudadanía de esta raza de perro “Pitbull Terriers”  en su exposición de motivos declara, Este animal es robusto, de quijadas fuertes y sumamente agresivo. Tiene gran resistencia física y capacidad para mantenerse en combate ofensivo por grandes periodos de tiempo.

Aunque por motivo de una crianza pasiva, podrían manifestar características de mansedumbre, la agresividad extrema se podría producir de imprevisto en cualquier momento durante su edad adulta.

Este animal al rededor del planeta ha atacado a muchas persona incluyendo mujeres y niños  e incluso a mutilado o causado la muerte de su propios dueños.pitbullmatasudueo4uj9

 

         

Ley Núm. 158 del año 1998

  (P. de la C. 595) Ley 158, 1998

LEY NUM. 158 DEL 23 DE JULIO DE 1998

Para enmendar la Ley Núm. 70 de 23 de junio de 1971, sobre perros “Pitbull Terriers”

Para enmendar las Secciones 1, 2, 3 y 10 de la Ley Núm. 70 de 23 de junio de 1971, según enmendada, a fin de incluir, entre los animales cuya introducción, importación, posesión, adquisición, crianza, venta y traspaso, están prohibidos por el Secretario de Agricultura de Puerto Rico, los “Pitbull Terriers” y cualquier perro producto de su cruce, proveer para su inscripción en el registro creado para esos fines en el Departamento de Agricultura; y enmendar las penalidades contenidas en dicha Ley; y para otros fines.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Nuestras mascotas son parte importante de nuestras vidas. Por lo tanto tenemos que cuidarlas y darles el mayor cariño a cambio de su compañía y lealtad incondicional. Los perros, en particular, son de las mascotas que más colaboran con el hombre. Nos entretienen, nos protegen y le son de inmensa utilidad a las personas no videntes, sirviéndoles de guías y ayudándolas a realizar algunas tareas simples. Por eso y por mucho más, se les denomina como “el mejor amigo del hombre”.

No obstante, tanto en Inglaterra como en los Estados Unidos, mediante el cruce de diferentes razas de perros se ha desarrollado el “Pitbull Terrier”, para ser utilizado en peleas de perros. Este animal es robusto, de quijadas fuertes y sumamente agresivo. Tiene gran resistencia física y capacidad para mantenerse en combate ofensivo por grandes períodos de tiempo. Aunque por motivo de una crianza pasiva, podrían manifestar características de mansedumbre, la agresividad extrema se podría producir de imprevisto en cualquier momento durante su vida adulta. Esto se evidencia con los muchos ataques que se han producido y que han sido documentados. Es de conocimiento general que cientos de niños y adultos han sido atacados y mutilados por estos perros. Por tal razón, en muchos estados de los Estados Unidos se ha prohibido su posesión, adquisición, venta y traspaso.

La Asamblea Legislativa entiende que es preciso poner fin a esta situación y en protección de la ciudadanía considera necesario prohibir la introducción, importación, posesión, adquisición, crianza, compra, venta y traspaso en Puerto Rico, de los perros pertenecientes a la raza conocida como “Pitbull Terrier”.

En la consecución de los objetivos de la mayor seguridad pública se enmienda la Ley Núm. 70 de 23 de junio de 1971, según enmendada a fin de incluir entre los animales designados por el Secretario de Agricultura como perjudiciales a la seguridad de los humanos, a los caninos antes descritos.

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.-Se enmienda la Sección 1 de la Ley Núm. 70 de 23 de junio de 1971 para que lea como sigue:

“Sección 1.-

Se prohíbe la introducción, posesión, adquisición, venta o traspaso en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico de aquellos peces, incluyendo también moluscos y crustáceos, anfibios, reptiles, aves silvestres, microorganismos, insectos, mamíferos silvestres, o de sus huevos o crías, que el Secretario del Departamento de Agricultura designe como perjudiciales a los intereses de la agricultura, la agropecuaria, orticultura, silvicultura o vida silvestre, o que por sus características de rapacidad o por ser venenosos puedan constituir una amenaza o riesgo a la vida o seguridad de los humanos.

Se prohíbe además, la introducción, importación, posesión, adquisición, crianza, compra, venta y traspaso de cualquier naturaleza en la isla de Puerto Rico de los perros conocidos como “Pitbull Terrier”, e híbridos producto de cruces entre éstos y perros de otras razas.

No obstante, lo anterior, los dueños de perros de la mencionada raza podrán hacer uso del mecanismo que más adelante se señala, para continuar con la tenencia de sus animales.

Se trata del producto del cruce entre bulldogs y terriers. Se define como una raza de bull terriers que incluye los Staffordshire Bull Terriers, American Staffordshire Terriers, American Pit Bull Terriers y mezclas de éstos y otras razas de terriers. Entre sí son difíciles de distinguir por sus similitudes, pero en esencia se distinguen de otras razas caninas por:

Altura: 14 a 19 pulgadas

Peso: hembras de 30 a 50 libras y

machos de 35 a 50 libras

Cabeza: ovular, pómulos y quijada pronunciada

Ojos: negros, pequeños y triangulares

Cuerpo: musculoso, robusto y compacto

Pelaje: corto y lustroso.

Toda persona que a la fecha de aprobación de esta Ley, posea alguna de los mencionados canes inscribirá dicho perro o perros en el registro destinado para esos fines, en el Departamento de Agricultura. La inscripción se realizará dentro de los próximos ocho (8) meses a partir de la aprobación de esta Ley. Transcurrido ese período de gracia, cesará la oportunidad de inscripción y se cerrará el Registro.

La solicitud de inscripción deberá contener el nombre, dirección y teléfonos del dueño, la localización donde se mantendrá el animal y toda la información necesaria para identificar el can. Dicha solicitud deberá acompañarse de una cuota de registro de veinticinco (25.00) dólares.

Cada perro así inscrito, le será asignado un número de registro el cual será gravado en una pequeña placa de metal a ser fijada en el collar de dicho can. El dueño del perro recibirá, además de la placa debidamente gravada con el número de inscripción, el certificado de inscripción como prueba de que el can ha sido debidamente inscrito en el Departamento de Agricultura.

De tratarse de una hembra, la misma será esterilizada tatuada con signo indeleble indicativo de este proceso quirúrgico y el documento corroborativo firmado por un veterinario será requerido por el Departamento de Agricultura, previo a la inscripción en el registro.

Todo perro que luego de ocho (8) meses de gracia, no tenga la placa indicativa de su número de registro y su dueño no produzca el certificado de registro, será inmediatamente confiscado por las autoridades pertinentes.

No empece a lo anterior, el poseedor de uno o más de estos animales podrá optar por acogerse a lo dispuesto en la Sección 5 de esta Ley. No será de aplicación lo dispuesto en la Sección 4 de esta Ley.”

Artículo 2.-Se enmienda la Sección 2 de la Ley Núm. 70 de 23 de junio de 1971, para que lea como sigue:

“Sección 2.-

El Secretario del Departamento de Agricultura queda facultado para designar por reglamentos a aquellas especies de los grupos de animales, microorganismos, insectos, huevos o crías mencionados en la Sección 1 de esta Ley, que a su juicio deban designarse como especies perjudiciales y prohibirse su introducción, posesión, adquisición, venta o traspaso en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Una vez redactado cualquier Reglamento por el Secretario y antes de adoptar o enmendar el mismo, éste celebrará vistas públicas luego de dar aviso públicamente de la fecha, sitio y naturaleza de dichas vistas, en la forma y manera que considere adecuadas. Los reglamentos deberán ser promulgados a tenor con las disposiciones de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.”

Artículo 3.-Se enmienda la Sección 3 de la Ley Núm. 70 de 23 de junio de 1971, para que lea como sigue:

“Sección 3.-

Todos los embarques de especies de mamíferos silvestres, aves silvestres, peces, caninos, incluyendo también moluscos y crustáceos, anfibios, reptiles, microorganismos, insectos o sus huevos o crías que hayan sido prohibidas expresamente mediante esta Ley o por el Secretario del Departamento de Agricultura deberán ser prontamente devueltos o destruidos con cargo al importador o consignatario.”

Artículo 4.-Se enmienda la Sección 10 de la Ley Núm. 70 de 23 de junio de 1971 para que lea como sigue:

“Sección 10.-

Toda persona que violare las disposiciones contenidas en esta Ley o los reglamentos promulgados en virtud de la misma, incurrirá en delito menos grave y convicta que fuere será sancionada con multa que no excederá de mil (1,000) dólares o pena de reclusión que no excederá de un (1) año, o ambas penas a discreción del Tribunal. De mediar reincidencia la pena establecida será aumentada a un máximo de cinco mil (5,000) dólares o pena de reclusión que no excederá de tres (3) años, o ambas penas a discreción del Tribunal.”

Artículo 5.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

Esta ley fue firmada por el Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, el día 23 de julio de 1998.

 

 

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policia

Sgto. Carlos J. Davila, segundo de izq a der. primer plano junto al coro de la Policía Municipal de Carolina.

Esta unidad ha llevado ante los tribunales casos de maltrato de animales donde han prevalecido en favor de la protección de los animales versus unos dueños desconsiderados de sus mascotas. El Sgto. Davila a adiestrado a los Policías Estatales y Policías Municipales a través de todo Puerto Rico, con el fin de capacitarlos para que puedan conocer todo lo concerniente a esta ley y como llevar efectivamente estos casos a los tribunales.

Esta unidad trabaja en conjunto con el Centro de Control de Animales en la remoción y custodia de cualquier animal que por la intervención directa de la U.P.A  o referidas por ciudadano particular tengan que movilizar su personal.

Unidad de Protección de Animales

  • Telf.  (787) 701-1111

Centro de Control de Animales

  • Telf. (787) 752-7272

La Policía Municipal de Carolina comprometida con todo el pueblo de Carolina, dispuesta a servir en pro de la paz y tranquilidad de nuestro pueblo y sus preocupaciones.

Ya sabemos muchachos todo perro que sepamos o veamos con las características de un Pitbull Terriers, tenemos que intervenir, lograr la custodia y el transporte del mismo al Centro de Control de Animales para que dispongan según lo establecido en ley y los protocolos concernientes a estos casos.

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